La Corte Suprema rechazó la recusación de la Fiscalía de San Juan: las elecciones a gobernador siguen suspendidas

El máximo tribunal nacional respondió la presentación realizada por la Provincia, a través de la figura del fiscal de Estado, Jorge Alvo.

Durante la tarde de este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el pedido de excusación y las recusaciones planteadas por la Fiscalía de Estado de San Juan, el cual fueron presentadas formalmente durante esta jornada, sobre la suspensión de las elecciones de la categoría gobernador y vicegobernador. Cabe recordar que el máximo tribunal nacional cuestionó la posibilidad que el gobernador Sergio Uñac se postule como candidato a dicho cargo. De esta forma, la medida cautelar continúa y los comicios para dichas categorías siguen pospuestos.

Fiscalía de Estado provincial respondió formalmente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A través de la figura de Jorge Alvo, se pidió que el máximo tribunal se excuse de seguir tramitando la causa contra Sergio Uñac, a riesgo de recusar a los miembros si no se apartan del caso. El pasado martes 9 de mayo, el máximo tribunal suspendió los comicios de gobernador y vice, dándole curso a una cautelar presentada por el sublema opositor Evolución Liberal, liderado por Sergio Vallejos.

Sobre este hecho, la Corte Suprema optaría por suspender dichas elecciones hasta que resuelva la cuestión de fondo que es la constitucionalidad o no de la postulación del pocitano por un nuevo período.

 

El justificativo 

Sobre el pedido para que los magistrados se excusen, los ministros consideraron que resulta inadmisible. Principalmente, porque la facultad de excusación de los jueces de la Corte, mediando causa legal de recusación o no, es ajena a la actividad procesal de las partes.

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La Corte Suprema rechazó la recusación de la Fiscalía de San Juan: las elecciones a gobernador siguen suspendidas

El máximo tribunal nacional respondió la presentación realizada por la Provincia, a través de la figura del fiscal de Estado, Jorge Alvo.

 

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Por Redacción Tiempo de San Juan

16 de mayo de 2023 – 17:48

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Durante la tarde de este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el pedido de excusación y las recusaciones planteadas por la Fiscalía de Estado de San Juan, el cual fueron presentadas formalmente durante esta jornada, sobre la suspensión de las elecciones de la categoría gobernador y vicegobernador. Cabe recordar que el máximo tribunal nacional cuestionó la posibilidad que el gobernador Sergio Uñac se postule como candidato a dicho cargo. De esta forma, la medida cautelar continúa y los comicios para dichas categorías siguen pospuestos.

 

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Fiscalía de Estado provincial respondió formalmente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A través de la figura de Jorge Alvo, se pidió que el máximo tribunal se excuse de seguir tramitando la causa contra Sergio Uñac, a riesgo de recusar a los miembros si no se apartan del caso. El pasado martes 9 de mayo, el máximo tribunal suspendió los comicios de gobernador y vice, dándole curso a una cautelar presentada por el sublema opositor Evolución Liberal, liderado por Sergio Vallejos.

 

 

Sobre este hecho, la Corte Suprema optaría por suspender dichas elecciones hasta que resuelva la cuestión de fondo que es la constitucionalidad o no de la postulación del pocitano por un nuevo período.

 

El justificativo

Sobre el pedido para que los magistrados se excusen, los ministros consideraron que resulta inadmisible. Principalmente, porque la facultad de excusación de los jueces de la Corte, mediando causa legal de recusación o no, es ajena a la actividad procesal de las partes.

Por otro lado, con relación a las recusaciones, recordó que conforme a la doctrina de la Corte en esa materia, que reconoce como precedente la sentencia dictada el 3 de abril de 1957 en el caso “Cristóbal Torres de Camargo”, “y que se ha mantenido sin inalterada en todas las composiciones del tribunal, cuando las recusaciones introducidas por las partes son manifiestamente inadmisibles, deben ser desestimadas de plano.”

En otras consideraciones, los ministros firmantes señalaron que no se configura prejuzgamiento. “El tribunal se halla en la necesidad de emitir opinión acerca de algún punto relacionado con la materia controvertida, lo que ocurre, entre otros casos, al decidirse sobre la admisión o rechazo de una medida cautelar”, expusieron.

En ese sentido, explicaron los jueces que “esta Corte ha decidido que, en ciertas ocasiones, tal como ocurre en la medida de no innovar y en la medida cautelar innovativa, existen fundamentos de hecho y de derecho que imponen al Tribunal expedirse provisionalmente sobre la índole de la petición formulada” sin que esto implique prejuzgamiento.

La presentación de la Fiscalía de Estado

El fiscal de Estado de San Juan, Jorge Alvo, dijo que este martes se encontraba en Buenos Aires para realizar la recusación sobre la suspensión de las elecciones a gobernador y vicegobernador. «Ya fue presentado y estamos a la espera de que informen que fue recibido. Se pide en función de la cautelar dictada por la Corte, la excusación de todo el tribunal que ha firmado la cautelar y en subsidio, en caso de que así no lo hagan, recusamos con causal por prejuzgamiento al tribunal firmante», contó en diálogo con Radio Sarmiento.

«Las recusaciones por prejuzgamiento deben ser muy graves, ya que se ha entendido siempre que cuando un juez o tribunal dicta una cautelar no implica un anticipo de opinión porque tiene que haber verosimilitud. Entendemos que hubo un anticipo muy grande de opinión porque cuando trata los considerandos dice que el Tribunal Electoral Provincial oficializó para el CUARTO mandato y está sentando así posición política de que el demandante tiene razón», abundó.

«¿Qué defensa podemos plantear cuando ya fijó una posición? Provoca una clara indefensión y queda sospechado el teñido de la imparcialidad e independencia para un proceso justo», se quejó Alvo.

En la presentación ante la Corte, Fiscalía pidió en primer lugar que se excusen de seguir interviniendo en la causa a los cortistas supremos que firmaron a riesgo de ser pedida una recusación. La decisión fue dictada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

Sobre las expectativas de conseguir una respuesta favorable, Alvo dijo que «Rosenkrantz habla de una justicia independiente y por eso ante la mínima sombra deberían apartarse de la causa», valoró el sanjuanino.

En segundo lugar, desde Fiscalía de Estado rebaten la competencia originaria de la Corte. «Va en contra de la doctrina de autonomía provincial, que lo dice el dictamen de Procuraduría que se dio con antelación. Hay un claro avasallamiento a las autonomías», contó.

«Nosotros no lo decimos sino ellos a través de la cautelar, resulta innecesario el posicionamiento porque es distinta la cuestión de fondo, solo debían suspender la elección y adelantaron opinión. Están fijando una posición jurídica», profundizó el fiscal de Estado.

Recordó que no hay más instancias de apelación judicial en Argentina que la Corte Suprema por lo que queda en sus propias manos cambiar de parecer. No obstante, en la presentación de San Juan se expone que «Hacemos expresa reserva de concurrir, conjuntamente con el ciudadano Sergio Mauricio Uñac, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en virtud de una violación al art. 23 1.b, para la investigación del hecho y, en caso de considerarlo necesario su posterior elevación a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que por ser derechos políticos, reconocidos como derechos humanos fundamentales, tanto los derechos políticos activos, como es el derecho a votar, como así, también, los derechos políticos pasivos, facultad que tiene todo ciudadano de presentarse como candidato para ser elegido en elecciones periódicas auténticas, mediante sufragio igual, universal, obligatorio y secreto que garantice libre expresión de la voluntad de los electores, un fallo contrario a lo solicitado en esta presentación y en la que se presenta el informe circunstanciado requerido en razón del art. 8 de la Ley 16986, afectará gravemente el goce de esos derechos humanos fundamentales reconocidos en la Convención Interamericana de Derechos Humanos».